Descubre en esta guía cómo el Convenio de Hostelería de Madrid 2025 establece condiciones laborales justas.
Ingrid Cesáreo
04 Marzo del 2025
En un sector tan dinámico como el de la hostelería, contar con un marco normativo que garantice condiciones laborales justas es esencial para la competitividad y bienestar tanto de trabajadores como de empleadores.
El Convenio de Hostelería de Madrid 2025 ha sido diseñado para responder a las necesidades actuales del sector, estableciendo normas claras en materia de jornada, salarios, vacaciones y derechos laborales.
Este convenio no solo protege a los profesionales del área, sino que también impulsa la modernización y eficiencia en la gestión operativa de establecimientos, gracias a soluciones tecnológicas como haddock. Descubre a continuación cómo este acuerdo transforma la forma en que se vive y se gestiona la hostelería en Madrid.
Puntos Clave del convenio
Vigencia: Hasta el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de renovación.
Ámbito de Aplicación: Abarca hoteles, restaurantes, cafeterías, bares, discotecas, catering y colectividades en la Comunidad de Madrid.
Jornada Laboral: Máximo 1.784 horas anuales, con 2 días consecutivos de descanso semanal y descansos específicos en jornadas continuas y partidas.
Horas Extras: Voluntarias (salvo emergencias), compensadas con descanso o pago equivalente, con un límite de 80 horas anuales.
Salarios y Revisión: Los salarios de los trabajadores de la hostelería de Madrid tendrán una subida progresiva durante la validez del convenio, siendo un 6% en 2023, otro 5% en 2024 y otro 4% en 2025. En total, una subida salarial del 15% en tres años.
Vacaciones y Festivos: 30 días naturales anuales, con compensaciones adicionales en caso de laborar en festivos.
¿A quién aplica el Convenio de Hostelería de Madrid 2025?
El convenio afecta a todos los trabajadores y empleadores de hostelería en la Comunidad de Madrid. Entre los sectores incluidos se encuentran:
Hoteles y alojamientos turísticos.
Restaurantes y cadenas de restauración.
Cafeterías y bares, incluyendo discotecas y espacios nocturnos.
Empresas de catering y servicios de colectividades.
El principal objetivo es garantizar condiciones laborales equilibradas que fomenten la estabilidad, el desarrollo profesional y la competitividad en un mercado en constante evolución.
Jornada Laboral en Hostelería: Horas y Descansos
Horas de trabajo
La jornada laboral máxima anual es de 1.784 horas.
Se establece un descanso semanal de 2 días consecutivos.
Descansos y Horarios
Jornada continua: 15 minutos de descanso.
Jornada partida: Mínimo 1,5 horas de descanso.
No se pueden superar 5 horas seguidas de trabajo sin descanso.
Horas Extra en Hostelería
Voluntarias, salvo casos de emergencia.
Se compensan con descanso o con un pago equivalente a la hora ordinaria.
Límite de 80 horas extras anuales.
Salarios en Hostelería Madrid 2025
El convenio establece un incremento salarial del 5% respecto a las tablas de 2023.
TABLAS SALARIALES FINALES 2022
NIVELES
GRUPO A
GRUPO B
1A
2.026,22 €
1.794,62 €
1B
1.852,51 €
1.736,76 €
2
1.736,76 €
1.678,84 €
3
1.563,04 €
1.539,89 €
4
1.447,26 €
1.331,47 €
5
1.389,34 €
1.296,80 €
NIVELES
GRUPO C
GRUPO D
1A
1.736,76 €
1.713,53 €
1B
1.678,84 €
1.655,67 €
2
1.597,79 €
1.574,63 €
3
1.424,08 €
1.400,93 €
4
1.308,35 €
1.285,19 €
5
1.250,48 €
1.227,31 €
Plus de transporte durante 11 meses: 176,96 €
TABLAS SALARIALES FINALES 2023
NIVELES
GRUPO A
GRUPO B
1A
2.087,00 €
1.848,46 €
1B
1.908,08 €
1.788,87 €
2
1.788,87 €
1.729,21 €
3
1.609,93 €
1.586,08 €
4
1.490,68 €
1.371,42 €
5
1.431,02 €
1.335,70 €
NIVELES
GRUPO C
GRUPO D
1A
1.788,87 €
1.764,93 €
1B
1.729,21 €
1.705,34 €
2
1.645,73 €
1.621,86 €
3
1.466,81 €
1.442,96 €
4
1.347,60 €
1.323,75 €
5
1.287,99 €
1.264,13 €
Plus de transporte durante 11 meses: 182,27 €
TABLAS SALARIALES FINALES 2024
NIVELES
GRUPO A
GRUPO B
1A
2.149,61 €
1.903,92 €
1B
1.965,33 €
1.842,53 €
2
1.842,53 €
1.781,09 €
3
1.658,23 €
1.633,67 €
4
1.535,40 €
1.412,56 €
5
1.473,96 €
1.375,78 €
NIVELES
GRUPO C
GRUPO D
1A
1.842,53 €
1.817,88 €
1B
1.781,09 €
1.756,50 €
2
1.695,10 €
1.670,52 €
3
1.510,81 €
1.486,24 €
4
1.388,03 €
1.363,46 €
5
1.326,63 €
1.302,05 €
Plus de transporte durante 11 meses: 187,74 €
TABLAS SALARIALES FINALES 2025
NIVELES
GRUPO A
GRUPO B
1A
2.235,59 €
1.980,08 €
1B
2.043,94 €
1.916,23 €
2
1.916,23 €
1.852,33 €
3
1.724,56 €
1.699,02 €
4
1.596,82 €
1.469,06 €
5
1.533,92 €
1.430,81 €
NIVELES
GRUPO C
GRUPO D
1A
1.916,23 €
1.890,60 €
1B
1.852,33 €
1.826,76 €
2
1.762,90 €
1.737,34 €
3
1.571,24 €
1.545,69 €
4
1.443,55 €
1.418,00 €
5
1.380,70 €
1.354,13 €
Plus de transporte durante 11 meses: 195,25 €
PLUSES SALARIALES Y EXTRASALARIALES
Concepto
2022
2023
Manutención
53,56 €
55,17 €
Plus de transporte (11 meses)
176,96 €
182,27 €
Gratificación por matrimonio
936,38 €
964,47 €
Quebranto de moneda
78,81 €
81,18 €
Seguro de Vida e invalidez permanente
22.739,89 €
23.422,09 €
Premio de natalidad
710,65 €
731,97 €
Concepto
2024
2025
Manutención
56,83 €
59,10 €
Plus de transporte (11 meses)
187,74 €
195,25 €
Gratificación por matrimonio
993,40 €
1.033,13 €
Quebranto de moneda
83,61 €
86,96 €
Seguro de Vida e invalidez permanente
24.124,75 €
25.089,74 €
Premio de natalidad
753,93 €
784,09 €
Niveles Salariales
Nivel 1A:
Descripción: Se asigna a cargos de alta dirección o responsables que ejercen funciones estratégicas en establecimientos de alta gama.
Ejemplos: Director/a General de un hotel de lujo,Gerente de restaurante gourmet,Director/a de operaciones en un establecimiento de alta categoría
Nivel 1B:
Descripción: Agrupa a mandos intermedios superiores con importantes responsabilidades operativas y administrativas.
Ejemplos:Chef ejecutivo en un restaurante de alta cocina,Jefe/a de sala en un restaurante de categoría alta,Subgerente en hoteles de gama media-alta
Nivel 2:
Descripción: Dirigido a responsables técnicos y supervisores que coordinan equipos y aseguran la calidad en la ejecución de tareas.
Ejemplos:Supervisor de cocina,Coordinador de servicio en un hotel o restaurante,Jefe/a de turno en establecimientos con alta afluencia
Nivel 3:
Descripción: Orientado a empleados altamente cualificados en áreas específicas, con competencias técnicas y operativas avanzadas.
Descripción: Incluye al personal operativo con formación profesional que desempeña tareas de ejecución y soporte en el servicio al cliente.
Ejemplos:Ayudante/a de cocina, Camarero/a en restaurantes,Barista en cafeterías especializadas
Nivel 5:
Descripción: Corresponde a personal en formación o de menor cualificación, encargado de labores de apoyo bajo supervisión, priorizando el aprendizaje.
Ejemplos:Aprendiz de cocina o de servicio,Personal de apoyo en áreas de limpieza o mantenimiento,Estudiantes en prácticas en hostelería
Categorías de Establecimientos (Grupos A, B, C y D)
Grupo A:
Descripción: Representa a los establecimientos de mayor categoría, donde se espera un alto nivel de especialización y servicio, lo que se refleja en una mayor retribución.
Ejemplos de establecimientos:
Hoteles 5 estrellas
Restaurantes de alta cocina y gourmet
Clubes exclusivos y restaurantes de autor
Grupo B:
Descripción: Se asigna a establecimientos de categoría media-alta, con exigencia operativa alta y servicio de calidad.
Ejemplos de establecimientos:
Hoteles boutique
Restaurantes con menú de autor en un entorno menos exclusivo que el Grupo A
Bares de copas de alta gama
Grupo C:
Descripción: Agrupa a establecimientos de categoría media, con un servicio estandarizado y una gestión equilibrada entre calidad y eficiencia.
Ejemplos de establecimientos:
Restaurantes de cadena
Cafeterías y bistrós
Hoteles de 3 a 4 estrellas
Grupo D:
Descripción: Corresponde a establecimientos de menor categoría, donde se busca eficiencia y contención de costes en la estructura operativa.
Ejemplos de establecimientos:
Restaurantes y bares de barrio
Comedores populares o cafeterías de autoservicio
Hostales y alojamientos económicos
Vacaciones y Festivos en Hostelería
30 días naturales de vacaciones al año.
Si se trabaja en festivos, la empresa debe compensar con:
Un 40% adicional sobre el salario.
Un día libre adicional.
Si hay una baja médica durante las vacaciones, estas podrán disfrutarse posteriormente.
Derechos de los Trabajadores en Hostelería
Complemento por Incapacidad Temporal:
En caso de accidente o enfermedad con hospitalización, la empresa pagará hasta el 100% del salario durante 12 meses.
Preaviso para Cese Voluntario:
Directivos: 2 meses de preaviso.
Otros trabajadores:
Empresas <11 empleados: 1 mes.
Empresas >11 empleados: 15 días.
Si el trabajador no cumple con el preaviso, la empresa puede descontar esos días de la liquidación.
¿Hasta cuándo está vigente el convenio?
El Convenio de Hostelería de Madrid tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de renovación y ajustes según las necesidades del sector.
Digitaliza la Gestión Laboral en Hostelería
Para facilitar el cumplimiento del convenio y optimizar la gestión financiera de un restaurante u hotel, herramientas comohaddock ayudan a:
Digitalizar facturas y albaranes.
Controlar los costes de ingredientes y proveedores.
Optimizar la gestión de pedidos.
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Utilizar un software especializado puede ayudarte a reducir costos y mejorar la rentabilidad del negocio hostelero.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
1. ¿A quién aplica el Convenio de Hostelería de Madrid 2025? Aplica a todos los establecimientos y empresas del sector de hostelería en la Comunidad de Madrid, incluyendo hoteles, restaurantes, cafeterías, bares, discotecas y empresas de catering.
2. ¿Cuál es la jornada laboral establecida? La jornada máxima anual es de 1.784 horas, distribuida en 40 horas semanales y con 2 días consecutivos de descanso. Se regulan descansos específicos tanto en jornadas continuas como partidas para evitar periodos prolongados sin pausa.
3. ¿Cómo se gestionan las horas extras? Las horas extras son de carácter voluntario (salvo emergencias) y se compensan ya sea con descansos adicionales o con un pago al valor de la hora ordinaria, limitándose a un máximo de 80 horas al año.
4. ¿Qué novedades trae la revisión salarial? El convenio establece un incremento salarial del 5% respecto a las tablas del año 2023, lo que se refleja en una mejora en los salarios base de las diferentes categorías profesionales, desde directivos hasta personal en formación.
5. ¿Qué se establece en relación con los Planes de Igualdad en este convenio?
El convenio hace referencia a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, que obliga a las empresas de 50 o más personas trabajadoras a elaborar e implantar planes de igualdad. Las empresas más pequeñas pueden hacerlo voluntariamente. Los planes deben contener medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres y fijar objetivos concretos de igualdad, estrategias para alcanzarlos y sistemas de seguimiento y evaluación.
El Convenio de Hostelería de Madrid 2025 representa un avance significativo para el sector, asegurando condiciones laborales justas y actualizadas que favorecen tanto al trabajador como al empleador. Más detalle convenio en enlace oficial.
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